Villa María

Endurecen castigos a dueños de terrenos que no los mantienen: podrán ser expropiados

El municipio avanzó en una ordenanza, la N° 8231, que endurece las penas contra los propietarios de terrenos que no los mantienen, ni los cuidan y no los limpian. Esto es a raíz de la cantidad de denuncias de vecinos de distintos sectores de la ciudad que manifiestan la proliferación de microbasurales en esos espacios y el crecimiento de vegetación que propicia la aparición de, por ejemplo, el dengue o alacranes.

Hasta antes de la promulgación de la nueva ordenanza el municipio recepcionaba la denuncia, multaba y notificaba al propietario y debía esperar que limpiara el espacio. Ahora, la comuna puede notificar, multar y hacer la limpieza del terreno privado y luego cobrar este servicio al infractor.

Eso, en una primera etapa. Además, aumentaron notablemente el valor de las multas -ya se había hecho esto antes- pero ahora la novedad es que los terrenos pueden quedar sujeto a expropiación.

La novedad la dio la secretaria de Seguridad, Guadalupe Vázquez, en rueda de prensa. Ahora el municipio tiene una herramienta para castigar a los dueños de lotes, macrolotes y multipropietarios.

El artículo 13° establece textual: DECLARANSE de utilidad pública y sujeto a expropiación aquellas fracciones de terreno que constatado el incumplimiento por un periodo superior a seis (6) meses, a contar desde la sentencia condenatoria firme, dictada por el Juzgado de Faltas por infracción a las normas de higiene y salubridad, el Departamento Ejecutivo Municipal estará facultado para iniciar el proceso de expropiación. A tales fines, deberá elevar un proyecto de Ordenanza al Concejo Deliberante, en el cual se declare de interés público y se sujete a expropiación el inmueble en cuestión. Una vez que la Ordenanza de declaración de utilidad pública sea sancionada, dentro de los términos por la vía que la ley establece, el D.E.M podrá ejecutar la expropiación de los referidos inmuebles debiendo requerir de forma previa la pertinente información al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, respecto del valor del inmueble, pudiendo el mismo utilizar total o parcialmente los montos adeudados por el titular registral en concepto de multas y/o gastos efectuados por el Municipio en concepto de limpieza, desocupación o remoción de materiales o elementos existentes actualizados como parte de pago.

Quiere decir que, si después de seis meses de notificado por el Juzgado de Faltas del incumplimiento existente en el lote, queda sujeto a utilidad pública.

Algunos detalles extras que contó Vázquez es que recientemente un dueño de varios lotes pagó un total de multas de 30 millones de pesos.

Y otro detalle que, es cuestión de tiempo observar si se cumplirá o no, es que el Ejecutivo puede dar a conocer las identidades de los infractores, cosa que hasta el momento se mantenía en el anonimato.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *