La Legislatura aprobó la regulación que limita la actividad de cuidacoches y limpiavidrios
Con 51 votos a favor y 19 en contra, la Legislatura de Córdoba aprobó la limitación para la actividad de cuidacohes (conocidos en la provincia como «naranjitas») y la prohibición de los limpiavidrios. El oficialismo compatibilizó proyectos propios con algunos de la oposición.
Ya las comisiones de Seguridad y de Legislación General de la Legislatura de Córdoba habían aprobado el pasado martes un despacho definitivo que compatibilizaba diferentes iniciativas de legisladores para regular ambas actividades, modificar el Código de Convivencia Ciudadana y, en definitiva, ordenar el espacio público en ciudades y localidades cordobesas.
Según publicó desde la propia Legislatura, el tratamiento de los distintos expedientes demandó horas de debate en comisión y se inició este lunes con una reunión en la que participaron representantes de centros vecinales, cooperativas de trabajadores y la Pastoral Social de la Iglesia de Córdoba, quienes expresaron sus diferentes miradas sobre esta problemática social y efectuaron aportes tendientes a buscar soluciones.
Con las apreciaciones vertidas por los involucrados, los legisladores continuaron este martes las deliberaciones. A sugerencia de algunos bloques políticos, se introdujeron varias modificaciones al proyecto y ambas comisiones terminaron aprobando el despacho definitivo tras una votación a mano alzada. En el recinto, a pesar del intenso debate legisaltivo, la normativa se sancionó con amplio margen. Ahora cada municipio resolverá su aplicación en función de su propia realidad.
De hecho, la nueva ley modifica el Código de Convivencia Ciudadana de la Provincia de Córdoba (ley 10.326). Entre sus aspectos salientes, prohíbe el cuidado de vehículos si no media habilitación de cada municipio y comuna. Es decir, serán las administraciones locales las que deberán decidir si autorizan o no esta actividad.
Sanciones
La nueva ley establece sanciones de hasta seis días de trabajo comunitario, multa de hasta 50 Unidades de Multa o arresto de hasta seis días para quienes, sin habilitación de la autoridad competente, exigieren o impusieren una retribución económica por permitir el estacionamiento, permanecer en el lugar o retirar un vehículo, o invocaren su cuidado con la finalidad de obtener esa retribución, en la vía pública o en lugares de acceso público.
Además, estipula sanciones de hasta tres días de trabajo comunitario, multa de hasta 12 Unidades de Multa o arresto de hasta tres días para quienes, contando con habilitación otorgada por la autoridad competente, incumplieren las condiciones, requisitos, límites o modalidades que establece la normativa vigente.
Asimismo, determina sanciones de hasta seis días de trabajo comunitario, multa de hasta 50 Unidades de Multa o arresto de hasta seis días para quienes realizaren o intentaren realizar la limpieza de parabrisas, vidrios u otras superficies de vehículos detenidos o momentáneamente detenidos en la vía pública o en lugares de acceso público.
Para cuidacoches y limpiavidrios, la ley contempla agravantes en ciertos casos, con sanciones más severas.
FOTO GENTILEZA UNICAMERAL
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