Cambios en el sistema previsional: con un “no remunerativo”, 60 mil jubilados cordobeses cobrarán el 82% móvil
Los jubilados provinciales de menores ingresos cobrarán el 82% móvil de los haberes a partir de monto “no remunerativo” que la Legislatura aprobó en una maratónica sesión de miércoles. De esta manera, según el Gobierno cordobés, 60 mil pasivos recuperarán el porcentaje reclamado por las organizaciones de jubilados y sindicatos, aunque no será de carácter remunerativo en su totalidad, sino con una compensación (como si fuera un bono). A los jubilados de mayores ingresos no se les aplicará ese cálculo jubilatorio.
Además, tras introducir algunos cambios sugeridos por bloques opositores, el artículo 1 de la normativa declaró “la emergencia económica, financiera y administrativa del sistema previsional público provincial a los fines de resguardar la sustentabilidad económica y financiera del sistema, así como la sostenibilidad de los fondos previsionales, por el término de cinco años”. En caso de ser necesario, se podrá prorrogar la emergencia en forma automática por igual término, por única vez, salvo que el Ejecutivo disponga su cese anticipadamente.
Además, la nueva normativa dispone la suspensión de la aplicación del Fondo Solidario para Desequilibrios de la Caja de Jubilaciones mientras se encuentre vigente la emergencia previsional. A su vez, será facultad del Ejecutivo provincial “adecuar las alícuotas de aportes personales de los distintos sectores, en un porcentaje de hasta un ocho por ciento sobre las existentes”. Esta fue otra de las polémicas del día. Los activos protestaron en las calles de Córdoba capital ante la posibilidad que la Provincia descuente hasta un 8% de los haberes para la sostenibilidad del sistema ante el no envío de fondos de la Nación.
Otra de las novedades que introdujo la nueva ley es que faculta al Ejecutivo provincial a “transferir la administración de los subsistemas previsionales de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros a las entidades gremiales que así lo requieran”.
Asimismo, instruyó a senadores y diputados nacionales por Córdoba para que “impulsen la incorporación de las leyes que se traten en el Honorable Congreso de la Nación de las previsiones presupuestarias correspondientes tendientes al resguardo de los fondos necesarios para garantizar el debido cumplimiento del artículo 27 de la ley 27.660, leyes complementarias y modificatorias de la ley 11.051”. Es decir, que procuren lo necesario para que la Nación envíe los fondos de la Caja de Jubilaciones.

