En detalle: principales puntos de la Ley de Tierras que se postergó para agosto su tratamiento
El Senado de la Nación resolvió postergar para el próximo mes de agosto el tratamiento del proyecto de ley que impulsa el Poder Ejecutivo Nacional para reformar el régimen de propiedad privada y la Ley de Tierras. A pesar de haberse alcanzado el quórum en el recinto, el bloque oficialista decidió aplazar la discusión y pasar a un cuarto intermedio debido a las discrepancias manifestadas por distintos sectores de la oposición sobre el alcance de la norma.
La propuesta legislativa se inscribe dentro de un paquete de reformas estructurales que busca desregular el mercado inmobiliario rural, modificar los procesos de desalojo judicial y alterar las normativas de protección ambiental vigentes contra incendios de campos y bosques. El debate legislativo gira en torno a tres ejes centrales que modifican la legislación actual sobre el territorio y los recursos estratégicos.
1. Eliminación de límites para la compra de tierras por extranjeros
El primer punto del proyecto plantea la derogación de los aspectos centrales de la Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales. La reforma propone suprimir el límite general del 15% de extranjerización sobre el total de las tierras rurales a nivel provincial y municipal, permitiendo la libre adquisición de superficies sin topes de nacionalidad.
Bajo el régimen actual, un mismo titular extranjero no puede poseer más de 1.000 hectáreas en la denominada «zona núcleo» productiva, restricción que quedaría sin efecto de aprobarse la nueva norma. Asimismo, el proyecto elimina las prohibiciones vigentes para que personas físicas o jurídicas extranjeras adquieran tierras que contengan o limiten con cuerpos de agua permanentes, como lagos, ríos y glaciares, manteniendo las limitaciones únicamente para Estados extranjeros o empresas con participación estatal directa.
2. Mecanismos de desalojo inmediato
En materia procesal, la reforma introduce modificaciones para acelerar la restitución de inmuebles en casos de usurpación u ocupación no autorizada. La iniciativa habilita a los propietarios a solicitar medidas de desalojo inmediato antes de que exista una sentencia judicial definitiva, simplificando los requisitos formales para la intervención de las fuerzas de seguridad en el territorio.
En los casos específicos donde en el inmueble residan menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores que carezcan de una alternativa habitacional inmediata, el articulado establece un plazo máximo de diez días hábiles para concretar el lanzamiento. Este apartado busca acortar los tiempos de las disputas por tenencia, que en la actualidad suelen extenderse durante años en el fuero civil.
3. Modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego
El tercer componente de la reforma propone modificar la Ley de Manejo del Fuego, específicamente en lo relativo a las restricciones de uso de suelo tras incendios forestales o agrícolas. El Ejecutivo busca derogar la prohibición que impide cambiar el destino y la explotación de los suelos quemados por plazos de entre 30 y 60 años, según la categoría del bosque o pastizal afectado.
La legislación vigente fue diseñada originalmente para desalentar los incendios intencionales destinados a la especulación inmobiliaria o a la expansión de la frontera agrícola. Los impulsores de la reforma argumentan que estas restricciones temporales limitan la productividad y castigan de igual manera a los propietarios que sufren siniestros accidentales en sus campos.
La decisión de postergar el debate en la Cámara Alta obedece a las demandas de gobernadores de provincias de frontera y bloques dialoguistas, quienes exigen la incorporación de salvaguardas que garanticen la soberanía de los recursos hídricos y el control estatal sobre áreas de seguridad nacional. Las negociaciones técnicas continuarán en las comisiones del Senado durante el receso invernal, previo al reinicio de las sesiones ordinarias en agosto.
Regulaciones comparadas y soberanía: el debate global por la tierra
La discusión legislativa en la Argentina sobre la flexibilización de la propiedad de la tierra se enmarca en una tendencia donde diversos países aplican regulaciones estrictas para proteger su territorio y sus recursos estratégicos. En la región, Brasil rige su mercado inmobiliario rural mediante la Ley 5.709, la cual establece un límite máximo para la adquisición de tierras por parte de personas extranjeras (físicas o jurídicas), restringiendo la titularidad a un porcentaje que varía según el municipio y prohibiendo que más del 25% del territorio de una comuna esté en manos de ciudadanos de otras nacionalidades, con controles aún más rigurosos en las zonas de seguridad de frontera.
En el hemisferio norte, las restricciones a la extranjerización de la tierra rural también forman parte de las políticas de seguridad nacional y soberanía alimentaria. En la Unión Europea, países como Francia canalizan las operaciones de compraventa de tierras agrícolas a través de las SAFER (Sociétés d’aménagement foncier et d’établissement rural), organismos bajo tutela estatal que poseen derecho de tanteo y pueden vetar transacciones si consideran que la venta a un comprador extranjero o corporativo atenta contra la agricultura familiar o la sustentabilidad del suelo. Por su parte, en los Estados Unidos, más de una veintena de estados federados poseen leyes que limitan de forma directa la posesión de tierras agrícolas por parte de firmas o ciudadanos extranjeros, requiriendo en el ámbito federal un registro exhaustivo ante el Departamento de Agricultura (USDA) bajo la ley AFIDA (Agricultural Foreign Investment Disclosure Act).
El argumento que defienden los sectores que promueven la reforma en el Senado argentino sostiene que la desregulación y la quita de límites de hectáreas funcionarán como un fuerte dinamizador para la llegada de inversiones extranjeras directas, necesarias para el desarrollo de proyectos de infraestructura y de explotación de recursos a gran escala. En contrapartida, los bloques legislativos que solicitan mantener las restricciones vigentes advierten que la total apertura del mercado inmobiliario rural, sin la mediación del Estado, expone a la Argentina a una pérdida de control sobre áreas clave como los acuíferos, las zonas de recarga de cuencas hídricas y las tierras lindantes con pasos fronterizos, elementos considerados geopolíticamente sensibles en el escenario global de escasez de recursos naturales.

